Contenido
Como empresa de transportes, la primera fase de análisis objetivo en la contratación de una póliza de seguro de mercancías es analizar los tipos de mercancías que vamos a transportar. Es necesario indicar que la clasificación que vamos a explicar a continuación se hace atendiendo sólo y exclusivamente al tipo de carga. No se consideran en este momento otros factores a considerar en la valoración del riesgo, como el medio de transporte, las características del viaje, el ámbito geográfico, el valor de la mercancía, y otros.
Las compañías de seguros disponen de una clasificación de tipos de mercancías que establece cuatro grupos de riesgos:
Mercancías buenas – Grupo 1
- Alimentación en conservas;
- Otros aparatos, repuestos y accesorios de automóviles;
- Otros aparatos, repuestos y accesorios;
- Otra maquinaria;
- Libros y publicaciones salvo prensa;
- Medicamentos que no deban mantener una temperatura controlada;
- Sillas, muletas, prótesis y otro material ortopédico;
- Mobiliario de oficina;
- Mobiliario de hogar;
- Otros productos de aluminio, acero, cobre, hierro y de otros productos siderúrgicos;
- Piedras no preciosas;
- Metales no tóxicos.
Mercancías normales – Grupo 2
- Alimentación no a temperatura controlada excluidos frutas y verduras;
- Productos de confitería;
- Otros productos de alimentación y bebidas no perecederos;
- Otros productos de alimentación y bebidas;
- Animales vivos destinados a consumo humano;
- Armas y munición de uso deportivo;
- Armas y munición de uso no deportivo;
- Árboles, arbustos y plantas;
- Flores ornamentales;
- Otras plantas;
- Aparatos de línea marrón tales como televisiones, videocámaras, aparatos fotográficos y reproductores;
- Teléfonos fijos y sus accesorios;
- Electrodomésticos excluidos los de línea marrón;
- Maquinaria pesada o de obras públicas;
- Material deportivo que no sea textil;
- Juguetes salvo videojuegos y consolas;
- Otros juguetes y artículos deportivos que no sean textiles;
- Perfiles, molduras y planchas de madera;
- Serrín y otros desperdicios de la madera;
- Prensa diaria;
- Otras mercancías cristalerías y vajillas;
- Otras mercancías frágiles ladrillos, bloques frágiles, sanitarios y otras mercancías frágiles de construcción;
- Otros productos farmacéuticos y cosméticos;
- Productos que tengan que mantener temperatura controlada distintos de alimentación y medicamentos;
- Cal y cemento empaquetados;
- Azulejos y losetas de mármol, granito y pizarra;
- Bloques de mármol, granito y pizarra;
- Moldes de material plástico y/o sintético;
- Planchas, tablas y tiras de material plástico y/o sintético;
- Fibras y bolas de material plástico y/o sintético;
- Productos pirotécnicos;
- Gases en spray;
- Extintores contra incendios;
- Encendedores;
- Bombonas para gas;
- Aerosoles;
- Pinturas, barnices y disolventes;
- Resinas y pegamentos;
- Combustibles;
- Acetona;
- Pesticidas;
- Herbicidas;
- Desinfectantes;
- Baterías;
- Ácidos;
- Lejías, amoniacos y derivados;
- Otros productos químicos peligrosos;
- Otros productos químicos;
- Pieles sin tratar que se tengan que mantener a temperatura controlada;
- Pieles cortadas y/o en piezas;
- Fibras textiles para elaboración de manufacturas;
- Rollos o piezas de tela.
Mercancías agravadas – Grupo 3
- Frutas y verduras;
- Alimentación a temperatura controlada excluidos frutas y verduras;
- Productos lácteos tales como quesos y otros;
- Huevos;
- Bebidas alcohólicas;
- Garbanzos;
- Harina de pescado;
- Cereales;
- Animales vivos destinados a espectáculos, ferias y competición;
- Capturas de pesca;
- Otros animales;
- Teléfonos móviles y sus accesorios;
- Ordenadores y sus accesorios;
- Videojuegos y consolas;
- Otros aparatos audiovisuales o de informática;
- Lunas y cristales de automóviles;
- Perfumes;
- Tabaco y sucedáneos;
- Artículos de joyería;
- Metales preciosos;
- Colecciones;
- Objetos de arte;
- Objetos raros y con peculiaridades extrañas;
- Encajes de hilo, blondas y bordados;
- Objetos con valor convencional;
- Productos de deshecho que contengan metales preciosos;
- Billetes o boletos de juegos de azar;
- Títulos y cupones;
- Troncos de madera;
- Productos de demostración y muestrarios comerciales;
- Productos destinados a su reparación;
- Ajuar doméstico y mudanzas;
- Paquetería y envíos postales;
- Medicamentos que tengan que mantener una temperatura controlada;
- Cosméticos;
- Automóviles;
- Motocicletas y bicicletas;
- Otros vehículos;
- Bobinas y planchas de aluminio, acero, cobre, hierro y de otros productos siderúrgicos;
- Metales tóxicos;
- Peletería;
- Calzado, bolsos y complementos de piel;
- Prendas confeccionadas;
- Lencería;
- Complementos textiles (corbatas, bolsos);
- Prendas deportivas (pantalón, camisetas, calcetines);
- Otras manufacturas de piel o textiles;
- Otras mercancías;
- Mercancías a granel.
Mercancías excluidas – Grupo 4
- Antigüedades;
- Dinero en billetes;
- Efectos de comercio y bancarios;
- Dinero en metálico;
- Material radiactivo.
De esta manera, las compañías atendiendo a su clasificación excluyen la cobertura de todas la mercancías del Grupo 4. No obstante, dependiendo de la compañía y del momento de la contratación de la póliza de mercancías, es necesario revisar las mercancías excluidas de la propia póliza ya que pueden estar excluidas otras mercancías que no sean de dicho grupo.
Esperamos haberte aclarado los tipos de mercancías existentes y que sepas clasificarlas. Si tienes cualquier duda o sugerencias puedes comentarnos este artículo o ponerte en contacto con nosotros.
Si necesitas cotizar una póliza de seguro de mercancías puedes utilizar nuestro formulario de solicitud de proyecto de seguros de mercancías quiero precio seguro de mercancía con nuestro socio DPOLIZAS.